Trabajador Cae 25 Pies, Lastimándose La Espina Dorsal

Veredicto: $ 8,900,000

Fecha: 03/15/2010

Abogados Demandantes: William Schwitzer, William Schwitzer & Associates, New York, NY

Abogados Defensores: Thomas M. Martyn, Martyn, Toher & Martyn, Mineola, NY (Sentinel Diversified Industries Inc., Sentinel Strategic Properties Inc.)

 

HECHOS Y ALEGATOS

El 14 de junio de 2006, el demandante, Luis Bolivar Montero, de 31 años de edad y trabajador de la construcción, trabajaba en el condado de Suffolk. El joven recibió la orden de desmantelar un andamio. La plataforma de dicho andamio se desplomó mientras Montero se encontraba arriba, cayendo desde una altura de 25 pies. El joven trabajador presentó heridas en su espalda y cuello.

Montero demandó a los dueños de los andamios, Sentinel Diversifies industries y a Sentinel Strategic Properties. El trabajador dijo que los acusados habían violado las leyes de seguridad del estado de Nueva York.

La defensa culpó a los patrones de Montero, TJC Development LLC por el accidente de su empleado. Los abogados dijeron que TJC Development controlaba y dirigía los trabajos de Montero. Ambos buscaron indemnización. TJC Development se declaró en “default”, por lo que el problema se fue a juicio en contra de las otras dos partes involucradas.

Montero dijo que nunca recibió algún tipo de protección que hubiese impedido su caída. Su abogado sostuvo que el incidente violaba la ley laboral 240 (1) y que Montero no recibió el equipo adecuado que exigía la ley.

Sin embargo, el abogado defensor dijo que una investigación de la Administración de Salud y Seguridad Ocupaciones (OSHA) no arrojaba violación alguna. Sostuvo además que el accidente se debió a un error de Montero por no conducirse sobre el andamio con precaución.

El abogado de Montero movió el caso a un juicio sumario por daños, y la moción fue otorgada. El juicio señaló los daños.

 

DAÑOS Y HERIDAS

Decrecimiento de los movimientos, dislocación de discos, terapia física, entre otros.

Montero fue trasladado en una ambulancia al hospital regional. El trabajador decía que tenía fuertes dolores en la espalda y nuca. Una tomomografía no encontró fracturas ni daños en los discos. Montero recibió un tratamiento menos y fue dado de alta al día siguiente.

Montero se siguió quejando del dolor. Inicialmente recibió un tratamiento que incluía terapia física y la administración de calmantes, así como inyecciones contra el dolor. Seis meses después del accidente, el trabajador fue introducido de nuevo a un electrocardiograma y tomografías, lo que trajo como resultado una serie de desviaciones en varios discos de la columna vertical.

En Junio de 2007, Montero recibió una laminectomía –una escisión en una parte de la vertebra. En septiembre de 2009, el trabajador fue introducido a un proceso de fusión en la región lumbar.

Montero pudo corroborar que su dolor se había resuelto, pero dijo que los dolores seguían una vez que intentaba hacer ciertos movimientos debido a que parte de su espalda quedó inmóvil. Dijo que utilizaba un aparato en la parte lumbar y que el accidente le había impedido retornar a practicar soccer, así como labores en el trabajo y en el hogar. El joven dijo que probablemente recibiría una cirugía para corregir la fractura de su nuca.

Montero, un trabajador indocumentado, inicialmente buscó recuperar sus sueldos perdidos antes y después del accidente, aunque su reclamo fue desechado antes del juicio. El joven buscó el pago de sus gastos médicos y los daños ocasionados por el dolor y el sufrimiento. Su esposa, Nancy Chibraso, también buscó compensación por la pérdida de compañero.

La defensa aseguró que en el día del accidente, los resultados de la tomografía no revelaron daños en los discos y sostuvo que las heridas de Montero se debían más bien a un fenómeno degenerativo ocasionado por tantos años de trabajo. Indicó que el accidente no le había causado tanto daño.

Al final, las partes involucradas negociaron un acuerdo tentantivo de $4.7 millones de dólares como máximo y un millón como mínimo.

 

RESULTADOS

El jurado encontró que los daños ocurrido al demandante oscilaban en 8.9 millones. Sin embargo, el monto otorgado fue reducido a la cantidad máxima acordada previamente, que era de 4,7 millones máximo/1 millón mínimo.